El Cabildo de Lanzarote destina más de 400.000 euros para renovar el programa de ayudas económicas para situaciones de emergencia social recogidas en el convenio marco de colaboración interinstitucional firmado con los siete ayuntamientos de la isla.
Una propuesta cuya finalidad es brindar apoyo asistencial a las familias cuyas necesidades socioeconómicas se hayan visto afectadas por situaciones sobrevenidas. El presidente de la institución cabildicia, Oswaldo Betancort, destaca que “con la renovación de este acuerdo se garantiza el apoyo a las familias en situación de vulnerabilidad a las que debemos tender la mano para ayudarlas a salir adelante”.
Este programa, impulsado por la Consejería de Bienestar Social e Inclusión, cuyo responsable en Marciano Acuña, está dirigido a cubrir gastos extraordinarios no calculables o imprevistos que pueden derivarse de situaciones sobrevenidas como incapacidad laboral por cuestiones de salud; paro o situaciones familiares que afectan al día a día de las personas. “Se trata de una medida necesaria que mantenemos este año para evitar que se puedan generar situaciones de marginación o exclusión social en nuestros municipios. Desde el Cabildo, y en el caso particular de mi consejería, trabajamos para favorecer la integración social a través de la implementación de este tipo de medidas”, señala Acuña.
El reparto económico se realizará teniendo en cuenta criterios de distribución del Régimen Económico Fiscal, así como los datos de desempleo de cada uno de los municipios. De este modo, la partida presupuestaria se desglosa de la siguiente manera:
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Ayto. de Arrecife por importe de 158.961,43 €
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Ayto. de Haría por importe de 17.752,07 €
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Ayto. de San Bartolomé por importe de 48.712,76 €
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Ayto. de Teguise por importe de 56.779,57 €
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Ayto. de Tías por importe de 51.817,00 €
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Ayto. de Tinajo por importe de 20.466,40 €
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Ayto. de Yaiza por importe de 45.510,77 €.
La vigencia de este convenio marco puede ser prorrogada por las partes implicadas, previa tramitación de los expedientes correspondientes sin que se supere el plazo legal establecido en 4 años.