La Consejería de Educación del Gobierno de Canarias, que dirige Poli Suárez, ha publicado este jueves la resolución con las instrucciones sobre el uso de los teléfonos móviles y otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil en los centros educativos públicos no universitarios del Archipiélago.
La resolución, que entrará en vigor este viernes y crea en las Islas un “marco regulatorio básico común” en esta materia, puede consultarse ya en la web del departamento a través del enlace: https://www.gobiernodecanarias.org/cmsweb/export/sites/educacion/web/_galerias/descargas/normativa-internas/20240201-resolucion-instrucciones-telefonos-moviles.pdf.
La limitación afectará principalmente a las etapas de infantil y educación obligatoria (primaria, secundaria obligatoria y FP básica) y lo hará durante toda la jornada escolar, es decir, durante los horarios de docencia directa, custodia anterior y posterior a aquella, descansos y recreos, actividades y servicios complementarios, así como en los de las actividades extraescolares, según el texto.
Por su parte, los centros privados y sostenidos con fondos públicos (concertados) podrán adaptar la medida a su organización, en consideración a la legislación específica que los regula y a la propia autonomía de los centros.
“Es una decisión que adoptamos de manera consensuada tras recabar las opiniones de todas las partes implicadas y palpar el sentir de la comunidad educativa de Canarias, que lleva tiempo reclamando la regulación y unas pautas sobre el uso de estos dispositivos unificadas para todos los centros”, expresó Poli Suárez durante la presentación, este martes, en rueda de prensa, de la medida.
“Se trata de proteger al alumnado y evitarles posibles interferencias y distracciones que puedan afectar a su desarrollo académico, a la vez que de poner en valor la figura docente y el respeto a profesorado y compañeros dentro de las aulas ante el posible uso inadecuado de los teléfonos móviles”, añadió entonces.
En ese sentido, la resolución también prevé acciones de formación sobre el uso seguro y responsable de internet, dispositivos móviles y redes sociales dirigida a toda la comunidad educativa.
Las instrucciones llegan tras el debate social que en los últimos tiempos ha suscitado la cuestión y tras la solicitud de un informe por parte del propio consejero al Consejo Escolar de Canarias, el pasado mes de noviembre, para conocer la posición de este órgano consultivo que engloba a profesorado, familias, alumnado y sindicatos, entre otros sectores de la comunidad educativa.
Según la resolución publicada, en infantil y educación obligatoria, no estará permitido con carácter general el uso de móviles ni de otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil.
No obstante, de manera excepcional, en educación secundaria y FP básica, siguiendo los criterios pedagógicos aprobados por el Claustro y con la conformidad del Consejo Escolar, los centros educativos que impartan estas enseñanzas podrán acordar su uso como herramientas de aprendizaje, con fines exclusivamente didácticos.
En estos casos, además, equipo directivo, Claustro y Consejo Escolar garantizarán que esta decisión no suponga un agravio comparativo para el alumnado que no disponga de dispositivo, o cuya familia decida no hacer uso de él, proporcionando el centro los dispositivos necesarios para las tareas que requieran su utilización.
Igualmente, podrá autorizarse en todas las etapas el uso por razones excepcionales y de necesidad atendiendo a circunstancias personales de carácter médico acreditadas ante la dirección del centro por los representantes legales del alumnado o por el alumnado mayor de edad.
En el marco de la educación secundaria postobligatoria, la educación superior no universitaria y las enseñanzas de régimen especial, serán los centros educativos los que, en función de su autonomía pedagógica y organizativa y atendiendo a las edades y madurez del alumnado, podrán establecer limitaciones al uso de móviles y otros dispositivos vinculados a la telefonía móvil en sus normas de organización y funcionamiento.
En cualquier caso, ante el incumplimiento por parte del alumnado de las normas adoptadas, los propios centros podrán acordar medidas correctoras, con carácter recuperador y educativo, y garantizando el respeto a los derechos del alumnado.
Entre dichas medidas podrá contemplarse incluso la retirada y custodia del dispositivo hasta la finalización de la jornada escolar, momento en el que se hará entrega del mismo al alumnado o a las personas que ostenten la condición de progenitoras o representante legal.